Reglamento 1169/2011 · revisión septiembre de 2026

Etiquetado de alimentos: información obligatoria

La etiqueta debe corresponder a receta, proceso, mercado y presentación. Un arte final aprobado deja de ser válido si cambia cualquiera de esos elementos.

01

Menciones principales

Denominación, ingredientes, alérgenos, cantidad de determinados ingredientes, cantidad neta, fecha, conservación, operador, origen cuando aplica, uso y nutrición.

02

Presentación y legibilidad

La información debe ser visible, legible e indeleble, con tamaño mínimo y campo visual cuando proceda. Marketing y diseño no pueden ocultarla.

03

Venta a distancia

La información obligatoria, salvo la fecha de duración, debe estar disponible antes de cerrar la compra y toda debe acompañar al alimento en la entrega.

04

Responsable y mercados

El operador bajo cuyo nombre se comercializa asegura presencia y exactitud. Idioma y requisitos nacionales se revisan por país de venta.

Aplicación

Del requisito al expediente

Relaciona proveedor, producto, lote, recepción, proceso, análisis, etiqueta, expedición, cliente, incidencia y responsable. Code Contract estructura la evidencia; no sustituye el APPCC ni la decisión de la autoridad.

Prueba el expediente de un lote real