Quién está obligado por el EUDR
La obligación principal se vincula al primer operador que introduce un producto pertinente en el mercado de la UE o lo exporta, con reglas específicas para tamaño y posición en la cadena.
Primer operador o exportador
La reforma acordada en 2025 concentra la declaración de diligencia debida en el primer operador que coloca el producto pertinente en el mercado o lo exporta. Hay que identificar esa posición por flujo, no solo por el nombre del contrato.
Operadores posteriores y comerciantes
Aunque la simplificación reduce declaraciones duplicadas, los actores posteriores necesitan referencias e información para demostrar el origen del producto y responder a controles. No conviene borrar la trazabilidad al transmitirlo.
Micro y pequeñas empresas
El calendario y algunas simplificaciones dependen del tamaño y de si la empresa ya estaba cubierta por el Reglamento de la madera. Debe documentarse la categoría utilizada y la fecha aplicable.
Proveedores fuera de la UE
No suelen presentar la declaración como operador europeo, pero deben aportar geolocalización, producción, legalidad y cadena de suministro. La calidad de esos datos condiciona la capacidad del operador para concluir riesgo nulo o despreciable.
Del dato del proveedor a una decisión revisable
El expediente debe conservar fuente, producto, parcela, lote, evaluación, responsable y referencia oficial. Code Contract organiza el flujo; no sustituye al operador ni a la autoridad.