Operadores y cadena de suministro · revisión septiembre de 2026

Quién está obligado por el EUDR

La obligación principal se vincula al primer operador que introduce un producto pertinente en el mercado de la UE o lo exporta, con reglas específicas para tamaño y posición en la cadena.

01

Primer operador o exportador

La reforma acordada en 2025 concentra la declaración de diligencia debida en el primer operador que coloca el producto pertinente en el mercado o lo exporta. Hay que identificar esa posición por flujo, no solo por el nombre del contrato.

02

Operadores posteriores y comerciantes

Aunque la simplificación reduce declaraciones duplicadas, los actores posteriores necesitan referencias e información para demostrar el origen del producto y responder a controles. No conviene borrar la trazabilidad al transmitirlo.

03

Micro y pequeñas empresas

El calendario y algunas simplificaciones dependen del tamaño y de si la empresa ya estaba cubierta por el Reglamento de la madera. Debe documentarse la categoría utilizada y la fecha aplicable.

04

Proveedores fuera de la UE

No suelen presentar la declaración como operador europeo, pero deben aportar geolocalización, producción, legalidad y cadena de suministro. La calidad de esos datos condiciona la capacidad del operador para concluir riesgo nulo o despreciable.

Aplicación

Del dato del proveedor a una decisión revisable

El expediente debe conservar fuente, producto, parcela, lote, evaluación, responsable y referencia oficial. Code Contract organiza el flujo; no sustituye al operador ni a la autoridad.

Revisa una cadena de suministro real