Hace unos meses nos aventuramos a explicar qué era un NFT dentro de Blockchain poniendo como ejemplo el mundo del arte y el baloncesto. Hoy queremos desarrollar más este entorno dándole un poco de ritmo al cuerpo.

Antes repasaremos brevemente el concepto de NFT , siglas inglesas de “Token No Fungible” o algo que no puede ser intercambiado por otro artículo similar debido a su naturaleza única.

En otras palabras ¿te imaginas intercambiando los éxitos del verano? “Paco, te cambio el nuevo single de C.Tangana por el de Aitana, que lo tengo repetido en la biblioteca…” Digamos que ese exchange sonaría raro. Bien, pues considera tu lista de Spotify como una serie de NFT’s digitales únicos, reproducibles por millones de personas aunque con derechos pertenecientes a unos pocos. ¿Y esto es legal? Ahora sí, dale al play Paco.

 

 

P2P musical: Intercambio de archivos antes de tiempo

Suena lejana aquella época de transición durante la cual la música empezaba a huir del formato físico y asomaba su patita por el campo digital.  Como siempre ¿para qué vamos a ponerle puertas? Si nadie va a querer escuchar música en un dispositivo, qué tont… creo que el desenlace lo conocemos todos así que empecemos por los albores.

Napster abrió la caja de Pandora en la que salieron derechos, piratas, un internet en pañales y todo tipo de ingredientes que dieron pie a un cóctel explosivo.

Al mismo ritmo que se creaban reproductores digitales capaces de leer un sinfín de formatos musicales (la guerra por el estándar de formatos también tuvo su punto y aparte) crecía la sombra de los piratas que copiaban obras sin el consentimiento de sus autores.

Y no sólo eso, también desenfrenada era la distribución de dichas copias entre usuarios que actuaban dentro de un marco legal dudoso en el que crecían las campañas de concienciación para paliarlas con un “si compartes, tú también eres culpable”. Aplazaremos este debate.

 

 

¿Cómo eliminar entonces ese marco? No se puede. Herramientas de control hay tantas como aplicaciones para poder burlarlas, así que cuanto antes asumas que los malhechores no se van a extinguir cual dinosaurios, la llorera será menos intensa. Otra cosa es que se pueda minimizar su impacto, pero eliminarlo al 100% es obrar un milagro.

Aquí ya lo lo demostró Napster 20 años atrás en su juicio con Metallica después de que en el primero se filtrara la obra del segundo I Desappear, un título que se convirtió en un burlo preludio del fatídico desenlace.. La historia reza de la siguiente forma:

Napster fue una plataforma que lo petó en los 2000 con el intercambio de archivos musicales P2P y también el campo donde se inició dicha batalla cuando un usuario filtró el éxito de la banda de Metallica antes de su estreno. La reacción no habría pasado de un “todo queda en casa” si las principales cadenas de radio no hubieran sustraído el archivo reproduciéndolo en sus emisiones sin el consentimiento de la banda de rock antes del día establecido.

Por añadir más gasolina al fuego, diremos también que el single entraba dentro de la BSO de Misión Imposible 2, reventando así parte de la campaña publicitaria.

 

 

Como no podía ser de otra forma, después de meses de tensión la historia terminó en los tribunales. La disputa pasó por una orden judicial pidiendo la eliminación de toda la música con derechos de autor y el cierre inmediato de la plataforma. En su alegato Napster se defendió afirmando que no podía atender a dicho mandato porque era técnicamente imposible al tratarse de una red P2P. No puedes borrar la música de los ordenadores ajenos. 

No estamos diciendo que Napster sea sinónimo de piratería, nada más lejos. Su propuesta supuso una temprana solución a la tarea de compartir más rápidamente archivos por internet en una época en la que ese proceso se medía en horas. Tuvieron una buena idea pero las leyes no estaban preparadas para su implementación. La regulación llegó tarde, mal y les tocó a ellos pagar el pato. La maldición del pionero le llamamos.

 

¿Ese éxito es tuyo, es mío o es de todos?

Si algo puso de manifiesto este capítulo es el poder de la autoría y su distribución, uno de los pilares fundamentales de las industrias discográficas y la dificultad a través de redes entre iguales de controlar ese mecanismo una vez puesto en marcha.

Ni qué decir que la historia se complica aún más cuando entran en juego plataformas de Streaming de modelo Freemium dónde puedes escuchar con limitaciones publicitarias toda la música que quieras o te sugiera tu algoritmo.

 

 

En definitiva, rastrear a quién pertenece un archivo digital es complejo ya que puede ser copiado y distribuido con gran facilidad, un mal que afecta no sólo a la música si no también a sectores como el cine, los videojuegos, el arte… básicamente todo lo que pueda ser traducido actualmente a código binario.

La duda es razonable, si quieres tener el control desde el minuto 1 sobre tu obra y decidir su destino ¿Cómo probar que eres el dueño original cuando todo el mundo tiene una copia idéntica del archivo? Aquí llegan los NFT’S para resolver este problema.

 

¿Blockchain otra vez?

Blockchain otra vez. De hecho hace tan sólo unos días nos levantamos con la noticia de la integración de Audius a través de la plataforma TikTok. Aquí la nueva lucha musical será entre tecnologías y no discográficas ya que, en este caso en particular, es el ecosistema de Solana quién se se alza por encima de Ethereum, hasta ahora la red preferida por los “artistas digitales” para tokenizar sus obras.

 

 

Aunque no queremos detenernos en este punto, si no en las declaraciones de Nas, que junto con otros artistas de la talla de Kate Perry o Jason Derulo han invertido en esta idea revolucionaria:

“Históricamente la industria de la música ha sido lenta para asimilar los cambios tecnológicos, a menudo luchando contra ellos en lugar de adoptarlos. Creo que Blockchain puede ser una gran aliada para dar más poder a los creadores y estrechar así lazos entre artistas y fans” Entrevista a Nas en RollingStone

 

Esta tecnología tiene el prometedor potencial de aliviar los problemas de la industria publicando música de forma eficiente agilizando los pagos de derechos, eliminando los costosos intermediarios y estableciendo un punto de origen para los creadores de música. Es decir, Blockchain puede restablecer la forma en que se produce, compra, vende, escucha y gestiona la música de forma justa y transparente.

 

NFT not killed the radio star

Imagínate que compones una música original en un formato digital (.mp3 por no liarnos) Ese archivo lleva asociados unos metadatos tales como: fecha de creación, autor, duración, etc.

 

 

Si seguimos fantaseando, imagínate registrar tu obra sin necesidad de pasar por un mando intermedio. En el ejemplo de arriba los derechos de autor de “California” pertenecen a Universal Music y no al grupo de U2. Si la banda hubiera registrado públicamente esa canción en una base de datos descentralizada, actualmente sería dueño y señor de su propiedad y por tanto de los beneficios que la obra pueda generar en un futuro derivados de descargas o reproducciones, entre otros.

¿Cómo? Acuñando la obra en un NFT. Ese activo digital guarda todos los metadatos contenidos como información única y los codifica en forma de hash, lo que a su vez garantiza la privacidad de los datos que van contenidos almacenándose en Blockchain como registro inmutable. En ese momento, te conviertes en su propietario oficial a ojos de todo el mundo dentro de una comunidad que actúa como testigo imparcial en caso de dudas.

Este hecho te permite poder rastrear quién es el actual dueño del token y por qué cantidad se ha vendido. Es importante recordar que el .mp3 no se almacena con el NFT en Blockchain. Sólo quedan registrados sus atributos y de forma opcional un enlace alojado en IPFS.

 

 

Cuando tu compras un NFT que representa la pieza musical no obtienes una copia física del mismo es más, la mayoría del tiempo cualquiera puede descargar una copia de forma gratuita o reproducirla las veces que tus oídos estén dispuestos a escucharla.

El NFT representa la autoría, el origen y destino de esa obra que no es poco. Sin embargo queremos puntualizar que para evitar que un loco con portátil se ponga a acuñar obras que no le pertenecen en la vida real todos los NFT’S llevan asociados Smart Contracts. En este caso, el contrato almacena las propiedades únicas del artículo y guarda un registro de los actuales y previos propietarios. Si no puedes demostrar que la obra es tuya, amigo… busca asesoramiento legal porque tendrás el mismo problema que en la vida real.

Un NFT puede ser programado para dar derechos de autor a un creador cada vez que cambia de manos. También se utilizan para vender entradas de conciertos, nombres de dominio, merchandising, básicamente cualquier cosa que sea única y necesite una prueba de titularidad. En definitiva, te da la oportunidad de demostrar que algo que has creado te pertenece.